Maribel Torres: “La prevención de riesgos laborales ofrecer una íntima seguridad a empresas y empleados”

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, establece la obligación de la Evaluación Inicial de los Riesgos en los lugares de trabajo. Esta evaluación inicial, permite al empresario planificar las actuaciones preventivas necesarias. Estas actuaciones deberán centrarse en la eliminación de las consecuencias negativas, que podrían tener los riesgos detectados, en la seguridad y salud de los trabajadores. Para ello se establecen las principales técnicas de prevención de riesgos laborales.

 

La eliminación y control de los riesgos detectados, se puede realizar mediante dos conjuntos de técnicas diferentes: Técnicas de prevención y técnicas de protección.

Las Técnicas de Prevención de Riesgos Laborales, son aquellas técnicas que están encaminadas a actuar directamente sobre los riesgos. El objetivo es hacerlo antes de que se lleguen a materializar y por consiguiente puedan producir daños en la salud de los trabajadores. Son por lo tanto técnicas de tipo activo y predictivo.

Como decimos, la Ley de PRL, establece la obligatoriedad de actuar sobre el riesgo. Esta obligación se cumple a la perfección con las técnicas de prevención activas. Estas actúan sobre la probabilidad y la frecuencia del riesgo. Complementariamente y en menor medida, también lo hacen sobre las consecuencias del mismo.

Las actuaciones preventivas en una empresa, pueden ser de tipo material o relacionadas con la formación e información de los trabajadores.