Poner los pies en el salpicadero, maletas en el suelo del copiloto y bolsas de la compra en el asiento acarrean multa
A punto de que comience la operación salida del puente del 15 de agosto, es útil que repasemos algunas de las actitudes que no debemos cometer dentro del vehículo. La última que recuerda la Guardia Civil en Twitter es que está prohibido que el copiloto ponga los pies en el salpicadero. Esta postura, según explica la Benemérita, agrava seriamente las lesiones en caso de accidente: resta eficacia al cinturón y si salta el airbag por choque, puede provocar lesiones graves en piernas y articulaciones. La postura en cuestión está sancionada con hasta 100 euros, sin pérdida de puntos para el conductor.
Está prohibido también sentarse con el respaldo demasiado inclinado o colocar, por ejemplo, un objeto debajo del asiento. Como explica la DGT, cuando el cuerpo no está bien sujeto por el cinturón (holgado o mal ajustado), presiona el asiento hacia abajo y se desliza por debajo de la banda abdominal. Esto aumenta el riesgo de chocar contra el volante, el salpicadero o la parte baja del habitáculo y puede producir lesiones en espalda y pelvis, rotura de fémur o de la cabeza del fémur, además de hemorragias internas graves. A solo 56 kilómetros por hora, un golpe en del vehículo puede llegar a ser mortal si los ocupantes del vehículo viajan de forma incorrecta, según un estudio del Real Automóvil Club de España (RACE) y Goodyear.
La mejor forma de sentarse es asegurándose de que el cinturón está bien abrochado, ajustado al cuerpo, con la tensión correcta y la banda abdominal bien colocada. De esta manera, en caso de accidente, el impacto se suaviza.
El artículo 18 del Código de Circulación establece que el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. “A estos efectos deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”, señala.
Ni maletas ni bolsas de la compra en el asiento del copiloto
Por la misma razón, tampoco se puede llevar la maleta en el suelo del copiloto, ni el ordenador ni las bolsas de la compra en el asiento, porque en caso de choque podrían acaban golpeando al conductor o a los pasajeros. Si el vehículo está en movimiento, un objeto puede multiplicar entre 50 y 60 veces el valor de su masa, explican desde la Dirección General de Tráfico. "Un bolso de señora lleno a 90 kilómetros por hora equivale a un golpe con un toro de liria", recuerdan.
La multa por transportar paquetes sueltos dentro del coche puede ascender a los 200 euros si los bultos no van sujetos e inmovilizados, tal y como recoge el Reglamento de Circulación: "La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa", dice la norma.