La Vila · Horario especial de fiestas del Registro de Entrada
Considerando que conforme a lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:Cada Administración Pública publicará los días y el horario en el que deban permanecer abiertas las oficinas que prestarán asistencia para la presentación electrónica de documentos, garantizando el derecho de los interesados a ser asistidos en el uso de medíos electrónicos.
Considerando lo dispuesto en el artículo 151.2 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Registro General permanecerá abierto al público durante las horas prevenidas en la legislación de procedimiento administrativo común.
Considerando lo establecido en el art. 17.4 del Acuerdo y Convenio Colectivo sobre las condiciones de trabajo para el personal del Ayuntamiento, el horario durante la semana de Fiestas Locales será, con carácter general, de 9,00 a 12,00 horas.
Considerando lo dispuesto en la Circular no 7 del Concejal de Personal de fecha 20 de diciembre de 2016.
Visto el Calendario General 2017, el horario especial de Fiestas resulta de aplicación a los días 24, 25, 26 y 31 de julio.
En su virtud, vistos los preceptos de general y pertinente aplicación y en especial los legales y reglamentarios de cita en antecedentes, por medio del presente vengo a DISPONER:
PRIMERO.- Que el horario de funcionamiento de la oficina de Registro General de Entrada desde el día 24 de julio hasta el día 31 de julio de 2017, ambos inclusive, sea de 9,00h a 12,00 horas.
SEGUNDO.- Publíquese en el tablón de edictos y en la página web municipal para general conocimiento.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente en la ciudad y fecha indicadas ante mí, ei Secretario que doy fe.