La Vila · Horario especial de fiestas del Registro de Entrada

Considerando que conforme a lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:Cada Administración Pública publicará los días y el horario en el que deban permanecer abiertas las oficinas que prestarán asistencia para la presentación electrónica de documentos, garantizando el derecho de los interesados a ser asistidos en el uso de medíos electrónicos.

Considerando lo dispuesto en el artículo 151.2 del  RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que  se aprueba  el Reglamento  de Organización,  Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el Registro General  permanecerá abierto al público durante  las horas prevenidas en la legislación  de procedimiento administrativo común.

Considerando lo establecido en el art. 17.4 del Acuerdo y Convenio Colectivo sobre  las condiciones  de  trabajo para  el  personal  del  Ayuntamiento, el horario durante la semana de Fiestas Locales será, con carácter  general,  de 9,00  a 12,00 horas.

Considerando lo dispuesto en la Circular no 7 del Concejal de Personal  de  fecha 20 de diciembre  de 2016.

Visto el Calendario  General 2017, el horario  especial de Fiestas resulta  de aplicación a los días 24, 25, 26 y 31 de julio.

En  su  virtud,  vistos  los  preceptos de general y pertinente  aplicación y en especial   los  legales  y  reglamentarios  de  cita  en  antecedentes,  por   medio   del presente  vengo a DISPONER:

PRIMERO.- Que el horario  de funcionamiento de la oficina  de Registro  General  de Entrada  desde el día 24 de julio  hasta  el día 31 de julio  de 2017, ambos  inclusive, sea de 9,00h  a 12,00  horas.

SEGUNDO.- Publíquese en el tablón  de edictos  y en la página  web municipal para general  conocimiento.

Lo manda  y firma  el Sr. Alcalde-Presidente en la ciudad  y fecha indicadas  ante mí, ei Secretario  que doy fe.