Desde Hablamos Español enviamos a Educación y a los presidentes de Cataluña, Galicia, Baleares y CA Vasca la sentencia que nos notificó el viernes el TSJCV sobre la elección de lengua oficial en los exámenes.
El pasado viernes, 24 de enero, la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV nos notificó una sentencia que marca un antes y un después para los alumnos hispanohablantes de todas las comunidades autónomas con lengua regional. En mayor o menor medida, todos están sometidos a políticas lingüísticas que restringen el uso del español
Una constante en nuestra lucha ha sido lograr que, al menos, se permitiera realizar las pruebas evaluables en el idioma oficial de la comunidad elegido por el alumno, aunque la asignatura se impartiese en lengua regional. Durante años hemos hecho llegar a familias sometidas a imposición lingüística escritos con fundamentos de derecho que, a nuestro modo de ver, avalaban que las comunidades autónomas pueden determinar, con ciertas salvedades, la lengua en la que se imparten las asignaturas, pero que no tenían cobertura legal para impedir que un estudiante realizara las pruebas evaluables en la lengua oficial de su elección.
También publicamos casos de alumnos discriminados y castigados por usar el español en las pruebas y llevamos a los tribunales el caso de un alumno de Valencia. Ahora el TSJCV nos ha dado la razón y con argumentos que nosotros esgrimíamos. Sirvan como ejemplos:
“Siendo lógico que las mismas deban ser efectuadas en la lengua con la que mayor comodidad tenga al objeto de expresar sus conocimientos”.
«No pasa de ser sino el trasunto lógico del derecho que asiste a los interesados – en este caso alumnos – a utilizar cualquiera de las lenguas que son oficiales en el territorio autonómico , sin que ninguna de ellas haya de tener un carácter preferente o excluyente; garantizándose con ello, por el contrario , el deber inexcusable de igualdad que ha de existir en el uso de las lenguas que son igualmente oficiales en el respectivo territorio , y permitiendo a los alumnos la utilización de aquella que más razonable puedan comprender y asumir».
Por lo tanto, teniendo en cuenta este precedente, y que la sentencia sienta principios aplicables en todas las comunidades autónomas, nos hemos dirigido a las consejerías de educación y a los presidentes de Cataluña, Islas Baleares, Galicia, y Comunidad Autónoma Vasca, les hemos remitido la sentencia y los hemos instado a hacer efectivo este derecho al alumnado de sus comunidades. Asimismo, hemos iniciado una campaña de concienciación para que las familias conozcan este derecho y lo exijan. Su puesta en práctica no implica carga alguna ni económica ni organizativa. Solo se necesita buscar el interés del alumnado y su mejor rendimiento, por encima de otros intereses.